Juicio verbal por menos de 2.000 € sin abogado: cómo presentar la demanda tú mismo
Para reclamaciones de hasta 2.000 € puedes demandar sin abogado ni procurador y sin pagar tasas. Formulario oficial, dónde presentarlo, qué adjuntar, cuánto tarda y qué pasa en la vista.
- Si reclamas hasta 2.000 €, puedes presentar una demanda de juicio verbal sin abogado ni procurador (art. 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
- Los consumidores no pagan tasas judiciales. El único coste posible es el burofax previo.
- Se presenta con un formulario oficial del Ministerio de Justicia, en el juzgado de primera instancia de tu domicilio cuando eres consumidor.
- Tarda entre 4 y 12 meses según el juzgado. Si ganas, la empresa paga además las costas.
- Funciona especialmente bien contra aerolíneas, operadores de telefonía y tiendas: muchas pagan al recibir la demanda, antes de la vista.
Cuándo compensa demandar
Cuando ya has hecho la reclamación previa (a la empresa y, si existe, al organismo: AESA, SETID, Banco de España, Consumo) y la empresa sigue sin pagar. Casos típicos:
- Aerolínea que no cumple la resolución de AESA o ignora la reclamación por retraso o cancelación.
- Operador de telefonía que sigue facturando tras la baja o cobra una penalización indebida.
- Tienda que no devuelve el dinero de un producto defectuoso o de un pedido no entregado.
- Gimnasio, academia o empresa de suscripción que cobra renovaciones o permanencias abusivas.
- Compañía de luz o gas que no anula una factura incorrecta o un contrato no consentido.
El importe suele ser pequeño (100-1.500 €) y por eso mucha gente lo deja. La empresa cuenta con eso. Un juicio verbal sin abogado le da la vuelta: para ellos sí supone contratar abogado y procurador, y por eso muchas pagan en cuanto reciben la demanda.
Antes de demandar: dos requisitos prácticos
- Reclamación previa por escrito con acuse (formulario con número de expediente, email con respuesta, o burofax). No es obligatoria por ley en la mayoría de casos, pero sin ella el juez puede no condenar en costas y la empresa alegará que no supo nada. Ver cómo enviar un burofax.
- Datos de la empresa: denominación social exacta, CIF y domicilio social en España. Están en el aviso legal de su web, en la factura o en el Registro Mercantil (consulta gratuita del nombre en el BORME o en registradores.org). Contra una aerolínea extranjera se demanda a su sucursal en España si la tiene; si no, al domicilio social con notificación internacional (más lento).
Paso a paso
1. Descarga el formulario oficial
El Ministerio de Justicia publica un impreso normalizado de demanda de juicio verbal para reclamaciones de cantidad de hasta 2.000 € (Administración de Justicia › Servicios al ciudadano › Formularios). Existe también versión para rellenar en pantalla y para presentación electrónica. Busca "impreso demanda juicio verbal reclamación de cantidad".
2. Rellena la demanda
- Juzgado: "Juzgado de Primera Instancia de [tu ciudad] que por turno corresponda". Como consumidor puedes elegir el de tu domicilio (art. 52.2 LEC).
- Demandante: tus datos, DNI, domicilio, teléfono y email para notificaciones.
- Demandado: nombre social, CIF y domicilio de la empresa.
- Hechos: en orden y numerados. Qué contrataste o qué vuelo era, qué pasó, cuándo reclamaste y qué respondieron. Frases cortas.
- Fundamentos de derecho: cita la norma que te da la razón. Ejemplos: Reglamento (CE) 261/2004, arts. 5 y 7 (vuelos); Ley General de Telecomunicaciones y Carta de Derechos del Usuario (bajas y facturas); Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, arts. 114-124 (garantías) y 102-108 (desistimiento); arts. 1101 y 1108 del Código Civil (daños e intereses).
- Petición ("suplico"): "Que se condene a la demandada a pagarme X euros, más los intereses legales desde la reclamación y las costas."
- Documentos: numera los adjuntos (contrato, facturas, tarjetas de embarque, reclamación previa y respuesta, resolución de AESA o SETID, capturas).
- Firma y fecha. Pide que te lo sellen si lo entregas en papel.
3. Preséntala
- En papel: original y una copia por demandado, en el Decanato o Servicio Común de Registro del juzgado de tu ciudad. Te devuelven la copia sellada.
- Online: a través de la sede judicial electrónica de tu comunidad autónoma o la del Ministerio de Justicia (con certificado digital o Cl@ve). En algunas comunidades solo está abierta a profesionales; si no te deja, en papel.
Sin tasas: los consumidores están exentos (Ley 10/2012, tras la STC 140/2016 y reformas posteriores, las personas físicas no pagan tasa judicial).
4. Qué pasa después
- El juzgado admite la demanda (2-8 semanas) y la notifica a la empresa, que tiene 10 días para contestar por escrito. Muchas pagan aquí.
- Si contesta oponiéndose, el juzgado puede citar a vista (solo si alguna parte la pide). Es una comparecencia corta: expones, respondes al juez y aportas pruebas. Puedes ir solo; la empresa irá con abogado, pero el juez pregunta lo esencial.
- Sentencia en semanas. Si el importe no supera los 2.000 €, no hay recurso de apelación: es firme.
- Si no pagan en 20 días, pides la ejecución al mismo juzgado (otro formulario sencillo): embargo de cuentas de la empresa.
Consejos que deciden el resultado
- Cifra clara y desglosada: compensación + gastos + intereses. Sin pedir "daños morales" indeterminados si no puedes probarlos.
- Cronología con pruebas: una hoja con fechas y el documento que la acredita. Es lo que lee el juez.
- Resolución del organismo: si tienes resolución de AESA, SETID o un laudo, adjúntala en primer lugar: la demanda se vuelve casi automática.
- No exageres ni insultes en los hechos. Sobrio y con fechas.
- Intereses: pídelos "desde la fecha de la reclamación extrajudicial"; es lo habitual que se conceda.
Cuándo sí conviene abogado
- Importe superior a 2.000 € (es obligatorio salvo que renuncies a parte).
- Empresa extranjera sin sucursal en España.
- Casos con daños difíciles de cuantificar (perder una boda, un crucero).
- Bancos y revolving: hay despachos a éxito y el importe suele superar los 2.000 €. Ver reclamar una tarjeta revolving.
En vuelos, si no quieres pasar por el juzgado, las empresas de reclamaciones lo hacen a éxito:
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si pierdo?
Si el juez considera que tu demanda era razonable, cada parte paga lo suyo (tú, nada, al no tener abogado). Solo te condenarían en costas si la demanda fuera temeraria.
¿Puedo reclamar 2.500 € sin abogado renunciando a 500 €?
Sí. Puedes limitar la cantidad a 2.000 € para ir sin abogado; renuncias al exceso.
¿Tengo que ir a la vista?
Solo si el juzgado la convoca. Si la empresa no contesta a la demanda, hay sentencia sin vista.
¿Cuánto tarda en total?
Entre 4 y 12 meses según la carga del juzgado. En ciudades grandes, más cerca de 12.
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil: arts. 23, 31, 52, 250 y 437-447 (juicio verbal) (BOE)
- Ministerio de Justicia: formularios de demanda de juicio verbal para el ciudadano
- Ley 10/2012, de tasas judiciales, y exención de las personas físicas (BOE)
- Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (BOE)