Cómo reclamar un vuelo retrasado en 2026: cuánto te deben y cómo cobrarlo
Si tu vuelo llegó con 3 horas o más de retraso, la aerolínea te debe entre 250 y 600 € por pasajero. Requisitos, plazo de 5 años y pasos para reclamar gratis.
- Cuánto: 250 €, 400 € o 600 € por pasajero según la distancia del vuelo. No depende del precio del billete.
- Cuándo: si llegaste a destino con 3 horas o más de retraso y la causa no fue extraordinaria (meteorología severa, huelga de controladores, cierre del aeropuerto).
- Plazo: 5 años desde el vuelo. Puedes reclamar vuelos de 2021 en adelante.
- Coste: reclamar por tu cuenta es gratis. Si prefieres que lo haga una empresa, cobra solo si tú cobras (25-35 %).
- Base legal: Reglamento (CE) 261/2004 y sentencia Sturgeon del Tribunal de Justicia de la UE.
¿Tienes derecho a compensación?
El Reglamento europeo 261/2004 se aplica si se cumple una de estas dos condiciones:
- El vuelo salió de un aeropuerto de la UE (también Islandia, Noruega y Suiza), con cualquier aerolínea.
- El vuelo llegó a la UE y la aerolínea es europea (Iberia, Vueling, Ryanair, Air Europa, Lufthansa, easyJet…).
Un Madrid–Nueva York con Iberia está cubierto en ambos sentidos. Un Nueva York–Madrid con Delta, no.
Además, el retraso se mide en la llegada, no en la salida: cuenta el momento en que se abre la puerta del avión en destino. Si saliste con 3 horas y media de retraso pero el piloto recuperó tiempo y llegaste con 2 h 50 min, no hay compensación (sí hay derecho a asistencia, que vemos más abajo).
Cuánto te deben según la distancia
| Distancia del vuelo | Retraso en llegada | Compensación por pasajero |
|---|---|---|
| Hasta 1.500 km (Madrid–París, Barcelona–Roma, Sevilla–Londres) | 3 h o más | 250 € |
| Entre 1.500 y 3.500 km, o más de 1.500 km dentro de la UE (Madrid–Canarias, Barcelona–Atenas, Málaga–Estocolmo) | 3 h o más | 400 € |
| Más de 3.500 km fuera de la UE (Madrid–Nueva York, Barcelona–Buenos Aires) | 3 h o más (4 h o más para el 100 %) | 600 € (300 € si el retraso fue entre 3 y 4 horas) |
Es por pasajero: una familia de cuatro en un Madrid–Londres con 3 horas de retraso reclama 1.000 €. Los bebés sin asiento no cuentan.
Cuándo la aerolínea puede negarse (circunstancias extraordinarias)
La aerolínea se libra de pagar solo si demuestra que el retraso se debió a algo fuera de su control y que no pudo evitar. El Tribunal de Justicia de la UE ha ido cerrando la lista:
- Sí son extraordinarias: tormentas o niebla que cierran el aeropuerto, huelga de controladores aéreos, cierre del espacio aéreo, colisión con un ave, restricciones de la torre de control, emergencia médica a bordo.
- No son extraordinarias (te deben la compensación): avería técnica del avión, falta de tripulación, huelga de la propia aerolínea o de sus pilotos, retraso del avión en la ruta anterior, overbooking, problemas de planificación.
Si la aerolínea contesta con la frase "circunstancias extraordinarias" sin explicar cuáles, no lo aceptes. Tiene que probarlo.
Qué más te deben además de la compensación
Independientemente de la compensación económica, desde 2 horas de retraso (vuelos cortos), 3 horas (medios) o 4 horas (largos) la aerolínea está obligada a darte:
- Comida y bebida proporcionales a la espera (normalmente vales para el aeropuerto).
- Dos llamadas o emails gratuitos.
- Hotel y traslado si el retraso obliga a pasar la noche.
- Si el retraso llega a 5 horas, puedes renunciar al vuelo y exigir el reembolso del billete en 7 días, más un vuelo de vuelta al origen si ya no tiene sentido viajar.
Si no te dieron nada y tuviste que pagarlo tú, guarda los tickets: se reclaman aparte.
Cómo reclamar paso a paso (gratis)
1. Reúne las pruebas
- Tarjeta de embarque o email de la reserva con el código (localizador).
- Hora real de llegada. Si no la apuntaste, la puedes sacar de Flightradar24 o FlightAware buscando el número de vuelo y la fecha.
- Cualquier comunicación de la aerolínea (SMS, email, cartel en el aeropuerto) con el motivo del retraso.
- Tickets de comida, hotel o taxi que pagaste tú.
2. Reclama primero a la aerolínea
Es obligatorio hacerlo antes de acudir a AESA. Todas las aerolíneas tienen un formulario de reclamación online (en las guías de Ryanair y Vueling te decimos dónde está exactamente). Indica:
- Número de vuelo, fecha, origen y destino.
- Nombre de todos los pasajeros de la reserva.
- Retraso en la llegada en horas y minutos.
- Que reclamas la compensación del artículo 7 del Reglamento (CE) 261/2004 por importe de X € por pasajero, más los gastos justificados.
- Un IBAN para el pago.
Usa nuestra plantilla de reclamación a aerolínea: es el texto exacto con la referencia legal. Guarda una captura o el email de confirmación con el número de expediente.
3. Espera la respuesta (máximo un mes)
Las aerolíneas suelen responder en 2-6 semanas. Tres resultados posibles:
- Pagan. Suele ser por transferencia; algunas ofrecen vales de viaje de mayor importe. No estás obligado a aceptar el vale: el Reglamento dice que la compensación es en dinero salvo que aceptes otra cosa por escrito.
- Rechazan alegando circunstancias extraordinarias. Pasa al paso 4.
- No contestan en un mes. Pasa al paso 4.
4. Reclama en AESA (gratis y vinculante)
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea es el organismo español que resuelve estas reclamaciones. Desde junio de 2023 sus resoluciones son vinculantes para la aerolínea en vuelos con salida o llegada en España. Se presenta online con certificado digital, Cl@ve o sin identificación electrónica adjuntando el DNI. Tarda entre 3 y 6 meses. Tienes la guía completa en cómo reclamar a AESA.
5. Si aun así no pagan: juicio verbal sin abogado
Para importes de hasta 2.000 € puedes presentar una demanda de juicio verbal sin abogado ni procurador en el juzgado de tu domicilio. Se gana en la práctica totalidad de los casos de retraso sin causa extraordinaria y la aerolínea paga además las costas. Lo explicamos en demanda sin abogado por menos de 2.000 €.
¿Reclamar por tu cuenta o con una empresa?
Por tu cuenta te quedas con el 100 % y el proceso es sencillo cuando la aerolínea paga a la primera. Compensa recurrir a una empresa cuando:
- La aerolínea ya te ha rechazado y no quieres pelear con AESA ni ir al juzgado.
- Es una aerolínea extranjera o de bajo coste que no responde.
- Sois varios pasajeros y el importe justifica ceder un 25-35 %.
Estas empresas cobran solo si cobras tú: si pierden, no pagas nada.
Casos frecuentes
Vuelo con escala. Si perdiste la conexión por el retraso del primer vuelo y llegaste al destino final con 3 horas o más de retraso, se compensa según la distancia total del viaje, aunque cada tramo fuera corto. Debe ser una única reserva.
Retraso en la salida pero llegada casi a tiempo. No hay compensación (se mide en llegada), pero sí asistencia: comida, bebida y comunicaciones.
Te avisaron del retraso con días de antelación. Da igual: en retrasos no existe la excepción de aviso previo que sí existe en cancelaciones.
Vuelo de una agencia o paquete vacacional. La compensación la paga la aerolínea operadora, no la agencia. Reclama a la aerolínea que voló, aunque el billete lo comprases en eDreams, Booking o un touroperador.
Vuelo de hace 3 o 4 años. Sigue dentro de plazo. En España la acción prescribe a los 5 años (art. 1964 del Código Civil, confirmado por el Tribunal Supremo para estas reclamaciones).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda la aerolínea en pagar?
Entre 2 y 8 semanas si acepta a la primera. Si hay que pasar por AESA, entre 4 y 8 meses en total. Con demanda judicial, alrededor de un año.
¿Puedo reclamar si el billete fue muy barato o gratis con puntos?
Sí. La compensación es fija por distancia y no depende del precio del billete. Solo quedan fuera los billetes con tarifa no disponible al público (por ejemplo, empleados de la aerolínea).
¿Y si el retraso fue de 2 horas y 55 minutos?
No hay compensación económica: el umbral son 3 horas exactas en llegada. Comprueba la hora real de apertura de puertas, que suele ser 5-10 minutos posterior al aterrizaje; a veces cambia el resultado.
¿Me pueden dar un bono en vez de dinero?
Solo si lo aceptas por escrito. Tienes derecho a exigir el pago en efectivo o transferencia. Los bonos suelen caducar y tener restricciones.
¿Puedo reclamar por un vuelo de Ryanair aunque diga que no aplica?
Sí. Ryanair, como cualquier aerolínea con base en la UE, está sujeta al Reglamento 261/2004 en todos sus vuelos. Tiene su propio formulario y su propia guía en esta web.
- Reglamento (CE) n.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo
- AESA: reclamaciones por retrasos, cancelaciones y denegación de embarque
- Sentencia TJUE asuntos C-402/07 y C-432/07 (Sturgeon): retrasos de 3 horas o más equiparados a cancelación
- Derechos de los pasajeros aéreos, Comisión Europea (Tu Europa)